El 5 de marzo de 1886 la Legislatura de la Provincia sancionó una nueva Ley Orgánica de las Municipalidades que llevó el número 1810.
La nueva ley era más completa que la anterior, de 1873, e introducía innovaciones en materia de administración que daban una mayor autonomía a las comunas; determinaba al igual que la anterior que la administración estaría a cargo de una municipalidad, pero esta nueva ley establecía que los miembros durarían dos años en sus funciones y serían nombrados por elección popular directa (art. 1º). Los miembros se renovarían por mitades anualmente (art. 8º).
También como la anterior determinaba que cada Municipalidad se constituiría en un departamento ejecutivo el que estaría a cargo de una sola persona con el título de intendente y que los demás miembros formarían otro departamento que se llamaría Concejo Deliberante (art. 2º).
Con esa ley nació la denominación moderna de los departamentos municipales, se creó el título o cargo de intendente municipal, que suplantó al de presidente de la municipalidad y el cuerpo municipal pasó a denominarse Concejo Deliberante.
Por ejercicio de esta Ley se realizaron en el Partido de Barracas al Sur las elecciones para designar al primer Intendente Municipal y a los concejales que integrarían el Concejo Deliberante. Fue Intendente Juan Recarte y Secretario José María Durruty; Concejales Daniel Solé (Presidente del Concejo), Juan Ruiz Díaz y Juan Bautista Palaá, Secretario del Concejo Emilio Barceló.